La nueva normativa de los coches eléctricos 2021

la nueva normativa de los coches electricos 2021

La industria de la automoción está completamente comprometida con los objetivos establecidos referentes a la descarbonización que propugna la ley para 2040 y 2050.

A partir del 2040, estará terminantemente prohibido la venta de los coches que funcionan con  gasolina, diésel e incluso híbridos. Todo automóvil deberá ser desde entonces propulsado por energía que no emita dióxido de carbono.

Índice
  1. Las nuevas normativas
  2. El sistema Avas
    1. La normativa de carga para vehículos eléctricos

Las nuevas normativas

A partir de julio de este año, todos los coches híbridos y eléctricos que se venden en Europa, han de estar equipados por el sistema SAAV O AVAS, es decir, el sistema de aviso acústico.

De forma natural, los motores eléctricos no emiten sonido alto, por lo que puede ser uno de los motivos por lo que ocurren innumerables accidentes de coches a peatones. Por este motivo, la Unión Europea vio necesario que los coches eléctricos tengan incorporado un sistema que generase más ruido. El objetivo de este tipo de sistemas, es alertar de su presencia a peatones y otros usuarios. Con ello se pretende prevenir accidentes de peatones, ciclistas y otros usuarios.

El sistema Avas

Este sistema de aviso acústico, deben equiparlo tanto los coches de cero emisiones como los coches híbridos convencionales o enchufables. Deberán cumplir los siguientes requisitos según la normativa europea:

- Siempre que opere solo el motor eléctrico, este sistema debe funcionar de forma automática desde el comienzo con el arranque hasta una velocidad de 20km/h e  incluido el sonido cuando se da la marcha atrás.

- El sonido deberá superar los 56 decibelios sin exceder los 75 decibelios.

- Este debe ser continuo y similar al que emite un coche con motor tradicional.

Este sistema no debe ser desconectado, los conductores tienen prohibido apagar temporalmente el aviso según establece el Reglamento nº 138 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas, que notifica el Reglamento de la Unión Europea 540/2040.

Si se trata de un coche híbrido, en caso de que el motor que esté en funcionamiento sea el de combustión, no tiene que activarse este sistema AVAS entre 0 y 20 km/h. Así mismo tampoco se requiere para la marcha atrás. Por el contrario, todos aquellos vehículos que tengan incorporado un sistema de aviso sonoro, no será necesario su instalación. 

La normativa de carga para vehículos eléctricos

Según La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), se ha aprobado unos informes relativos al Proyecto de Real Decreto que regula la prestación de servicios de carga para vehículos eléctricos.

Además, no pueden hacerse en cualquier lugar las instalaciones de puntos de carga eléctricos.

La normativa del ITC es el encargado de establecer las zonas, privadas o públicas, que pueden instalarse este tipo de puntos de carga con sus determinadas características.

Los estacionamientos públicos y/o privados, se consideran dentro de los espacios autorizados para contar con puntos de recarga de coches eléctricos.

Concretamente, los estacionamientos colectivos en edificios de propiedad tipo horizontal, están obligados a poseer canales, tubos, etc., hacia las zonas comunitarias donde están ubicados los puntos de recarga. Según el espacio disponible, se proporcionará un determinado número de plazas.

En el tipo de estacionamiento de zonas privadas pueden alcanzar los 40 puntos. Suelen ser comunes en oficinas y empresas.

La normativa presente en los estacionamientos públicos permanentes, establece que debe instalarse una estación de punto de carga que sea capaz de abastecer al menos a 40 vehículos al mismo tiempo.

Todos estos puntos, deben estar supervisados frecuentemente.

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